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La Seguridad Industrial

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La Seguridad Industrial es el sistema de disposiciones obligatorias que tienen por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes capaces de producir daños a las personas, a los bienes o al medio ambiente derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso o consumo, almacenamiento o deshecho de los productos industriales.

A esta unidad administrativa le corresponde efectuar el control y seguimiento del cumplimiento reglamentario de los productos e instalaciones que forman parte de sus áreas de actuación

AREAS DE ACTUACIÓN:  

  • INDUSTRIA
    • Registro de Establecimientos Industriales
    • Vehículos
    • Metrología
    • Instalaciones de protección contra incendios
    • Seguridad en máquinas
    • Autorización de Organismos de Control, Organismos Notificados y    Laboratorios
    • Patentes y Marcas
    • Control de productos
    • Otros (Metales preciosos, Aparatos de bronceado)
  • SEGURIDAD INDUSTRIAL
    • Aparatos elevadores (ascensores, grúas torre y grúas autopropulsadas)
    • Instalaciones de gas y almacenamientos de combustibles gaseosos
    • Instalaciones térmicas (calefacción, climatización y agua caliente sanitaria)
    • Equipos a presión
    • Instalaciones frigoríficas
    • Almacenamientos de productos químicos
    • Prevención de accidentes graves con sustancias peligrosas

MARCO NORMATIVO

  • Ley 8/2004, de 12 de noviembre, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi (BOPV 29-11-2004). Establece el marco normativo regulador en el ámbito de competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y además determina las directrices para la intervención y control administrativo de las instalaciones, aparatos, equipos, procesos y productos industriales.
  • Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE 23-7-1992). Establece el marco normativo regulador en el Estado, teniendo como objetivo establecer las bases de ordenación del sector industrial.
  • Reglamentos Técnicos Sectoriales. Su objeto es la prevención y limitación en cada sector de los riesgos derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones, equipos o productos industriales y la protección contra accidentes susceptibles de producir daños o perjuicios a las personas o los bienes.